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Sábado 23 de Noviembre del 2024

16-05-2024

EL DIARIO DE LA RIOJA

Activan procedimiento de remoción de la jueza implicada en supuesto caso de coima

LA RIOJA.- Se trata de la jueza Norma Abate de Mazzuchelli que fue denunciada por una comerciante local por el caso de un pedido de coima para la agilización de una causa judicial. Según la Constitución Provincial, el Jurado de Enjuiciamiento debe iniciar el proceso para investigar el caso en un plazo de 30 días hábiles y su fallo es irrecurrible.

Una denuncia de la comerciante riojana Manuela Saavedra dada a conocer este miércoles puso al descubierto la actitud de la jueza Norma Abate de Mazzucchelli, presidenta de la Cámara Cuarta en lo Civil, Comercial y de Minas de La Rioja, y vicepresidenta de la Asociación de Mujeres Jueces de Argentina.

La denunciante expuso a la magistrada con un video donde prueba la solicitud de una coima para la agilización de la causa de sucesión del familiar. En las imágenes, la jueza se queja del bajo salario y la conversación deriva en el pedido de una cifra de 8 (millones de pesos) que luego rebajo y terminó indagando a la ciudadana de cuánto podía destinar para el pago del “reconocimiento”.

La denuncia fue expuesta en un medio nacional y apenas tomó estado público, el gobernador Ricardo Quintela solicitó, según fuentes oficiales a las que tuvo acceso Medios El Independiente, que se avance con el proceso establecido en la Constitución Provincial para el apartamiento de la magistrada.

Jurado de Enjuiciamiento

La Constitución Provincial establece en sus artículos 152, 156 y 157 el procedimiento para la remoción de jueces.

En este sentido señala que los jueces “se remueven por causales del juicio político” y el procedimiento será ante el jurado de enjuiciamiento que “tendrá a su cargo la remoción de los jueces”.

Decidida la apertura del juicio en contra de la jueza por parte del Consejo de la Magistratura, se integrará por sorteo una comisión investigadora y de acusación de tres miembros que llevará adelante la acusación ante el Jurado de Enjuiciamiento.

En este caso, desde la apertura del procedimiento, la acusada queda suspendida en el ejercicio de sus funciones.

El plazo es de 30 días hábiles, que se puede prorrogar por 15 días más.

El fallo del Jurado de Enjuiciamiento será irrecurrible, no tendrá más efecto que la destitución de la persona acusada.

La carta magna prevé que en caso de declaración de inocencia de los cargos imputados, le corresponde la reposición en el cargo.

Función Judicial

En un comunicado difundido por la Función Judicial señalan que "el Tribunal Superior de Justicia a través de la Secretaría de Superintendencia y Control Judicial activó de manera inmediata los mecanismos que la Constitución y las leyes provinciales establecen para estos casos".

Asimismo, informó que "Enviará las actuaciones al Consejo de la Magistratura". 

 

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