En este sentido se detalla que la ley electoral provincial establece que la convocatoria debe efectuarse con una antelación mínima de 90 días a la fecha del comicio, debiéndose expresar la fecha de elección, clase y número de cargos a cubrir, período por el que se elige, número de candidatos por los que puede votar el elector y la indicación del sistema electoral aplicable.
De igual manera, se especifica que la Ley Electoral Provincial establece expresamente que la Función Ejecutiva Provincial convocará simultáneamente a elecciones provinciales y municipales.
De acuerdo con esto, el decreto detalla que el 7 de mayo también se elegirán Intendente y Viceintendente en cada uno de los 18 Departamentos de la Provincia, los que serán tomados como distrito único, siendo de aplicación el sistema electoral previsto por el Artículo 171° de la Constitución Provincial; Ley Electoral Provincial N° 5.139; Ley N° 8.506; y sus respectivas normas modificatorias y complementarias.
De igual manera, se convoca a la elección de Diputados Provinciales en el número de titulares y suplentes para cada uno de los Departamentos que a continuación se enumeran:
- Arauco: 3 Titulares 2 Suplentes
- Chamical: 3 Titulares // 2 Suplentes
- Chilecito: 4 Titulares // 3 Suplentes
- Gral. Belgrano: 1 Titular // 1 Suplente
- Famatina: 1 Titular // 1 Suplente
- Gral. Lamadrid: 1 Titular // 1 Suplente
- Gral. Ortiz de Ocampo: 1Titular // 1 Suplente
- Gral. San Martín: 1 Titular // 1 Suplente
- Independencia: 1 Titular // 1 Suplente
- San Blas de Los Sauces: 1 Titular // 1 Suplente
- Ángel Vicente Peñaloza: 1 Titular // 1 Suplente.
Por otra parte, la convocatoria también establece la elección de Concejales Municipales en el número de titulares y suplentes que a continuación se indican:
- Arauco: 11 Titulares // 6 Suplentes
- Capital: 15 Titulares // 8 Suplentes
- Castro Barros: 7 Titulares // 4 Suplentes
- Chamical: 11 Titulares // 6 Suplentes
- Chilecito: 13 Titulares // 7 Suplentes
- Famatina: 7 Titulares // 4 Suplentes
- Gral. Ángel Vicente Peñaloza: 7 Titulares // 4 Suplentes
- Gral. Belgrano: 7 Titulares // 4 Suplentes
- Gral. Felipe Varela: 9 Titulares // 5 Suplentes
- Gral. Lamadrid: 7 Titulares 4 // Suplentes
- Gral. Ortiz de Ocampo: 7 Titulares // 4 Suplentes
- Gral. San Martín: 7 Titulares // 4 Suplentes
- Independencia: 7 Titulares // 4 Suplentes
- Gral. Juan Facundo Quiroga: 7 Titulares // 4 Suplentes
- Rosario Vera Peñaloza: 11 Titulares // 6 Suplentes
- San Blas de Los Sauces: 7 Titulares // 4 Suplentes
- Sanagasta: 7 Titulares // 4 Suplentes
- Vinchina: 7 Titulares // 4 Suplentes.
Por otra parte, el decreto firmado por el Gobernador exhorta a los partidos políticos reconocidos en el ámbito local, sean de orden provincial y departamental, a activar los mecanismos de selección interna de modo que permitan la oportuna presentación de candidatos a la elección convocada por el presente, garantizando la igualdad real de oportunidades prevista en el Artículo 81° de la Constitución Provincial.