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Lunes 25 de Noviembre del 2024

13-12-2022

EL DIARIO DE LA RIOJA -

En sesión especial se aprobó el Presupuesto e Impositiva para el Municipio del 2023

LA RIOJA.- En sesión especial del Concejo Deliberante de Capital, se aprobó el Presupuesto e Impositiva para el 2023 del Municipio. Fue por votación y nueve concejales estuvieron a favor del dictamen de mayoría que se firmó desde la comisión de Hacienda.

En el dictamen por el Presupuesto se fijó la suma de erogaciones del Presupuesto de la Administración Pública Municipal para el Ejercicio 2023. De ello se desprende el monto para Servicios Públicos y Obras Públicas.

En la Impositiva se decidió que la actualización de las tasas sea no mayor al 30 por ciento y habrá un régimen de moratoria para quienes no puedan pagar las tasas. En este sentido, se establece que un 30% de lo recaudado por la presente contribución será destinado a un plan de forestación y la eliminación de micro basurales.

En este sentido se concederá un descuento del cuarenta por ciento sobre lo que corresponde tributar a los inmuebles destinados en forma individual y particular exclusivamente a cocheras.

Además, se fijó en un veinte por ciento la reducción establecida en el Artículo 137° del Código Tributario correspondientes a todos aquellos inmuebles que se encuentren acogidos a la Ley Nº 14.394, que instituye bien de familia y en un cien por ciento (100%) la reducción para las Instituciones deportivas con Personería Jurídica y/o Asociaciones Civiles sin fines de lucro. Ambas deberán solicitar ante la D.G.R.M. la reducción citada y acreditar tal condición. Las Instituciones Deportivas deberán inscribirse en un registro que se llevara a tal fin y acreditar su situación invocada.

Se fijó en un cien por ciento la reducción establecida en el artículo 137° del Código Tributario correspondientes a todos aquellos inmuebles que sean titulares o titulares convivientes directos de personas con Discapacidad.

También se otorgó beneficios a los contribuyentes cumplidores que no tengan deuda al 31 de diciembre del año anterior, quienes gozarán de los siguientes descuentos: Pago contado anual hasta la fecha de vencimiento dispuesta por la dirección, gozarán de un cincuenta por ciento (50%) de descuento, sobre la contribución anual. Pago semestral cuotas 1 y 2 hasta la fecha de vencimiento dispuesta por la Dirección, gozarán de un veinticinco por ciento (25 %) sobre el 50% la contribución anual.

En lo comercial, se creó un régimen simplificado  e Integrado  denominado Monotasa, destinado a pequeños emprendedores y comerciantes que realizan actividades económicas en forma habitual o susceptible de habitualidad en el ejido municipal de la ciudad de La Rioja, el mismo es optativo y comprende, la contribución sobre la actividad comercial, industrial y de servicios, la Contribución que incide sobre la publicidad y propaganda, la contribución que incide sobre la utilización de espacio de dominio público y lugares de uso público en lo referido a mesas y sillas.

A los fines dispuestos en este régimen, se considerarán pequeños emprendedores y comerciantes, a las personas físicas que ejercen oficios o son titulares de actividades o explotaciones unipersonales y a las sucesiones indivisas, en su carácter de continuadoras de los mismos, que reúnan las siguientes condiciones: Estar inscripto en los regímenes Monotributo AFIP; tener un solo local habilitado; tener hasta 5 mesas en el espacio de dominio público.

 

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