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Miércoles 27 de Noviembre del 2024

22-02-2021

ECONOMÍA RIOJANA -

¿De cuánto será el primer aumento salarial del año que recibirán los estatales riojanos?

LA RIOJA.- El Gobierno provincial lo confirmará en los próximos días, y es parte del plan de tres tramos para llegar a un 50% de incremento anual. ¿En qué monto quedará el salario mínimo de un empleado público de planta permanente? Los detalles en esta nota.

¿De cuánto será el primer aumento salarial del año que recibirán los estatales riojanos?

El aumento salarial a los empleados públicos de la provincia será en el primer tramo de un 19,7%, según la información a la que pudo acceder economiariojana.com.ar en las últimas horas. Este incremento se debería cobrar con el sueldo de febrero, que se percibe en los primeros días de marzo.

En la categoría más baja el porcentaje será exactamente ese, mientras que en las otras partes del escalafón habría diferencias mínimas. Desde el Gobierno aclararon que en todos los casos se toma como referencia el salario de bolsillo y se garantizará que la cifra ronde el 19,7% ya mencionado.

En ese sentido, por el momento no trascendió la modalidad de la medida. Es decir qué porcentaje será remunerativo y cuál no, detalle que se conocerá al momento del anuncio formal de la disposición salarial por parte de las autoridades provinciales.

Con esta primera suba, el salario mínimo estatal riojano debería pasar de 25.300 pesos a aproximadamente 30.200 pesos. Es decir que en el aumento no debería ser menor a los cinco mil pesos para ningún empleado público provincial.

Cabe aclarar que los 4.500 pesos que se pagaban como un adicional desde septiembre del año pasado, continuarán siendo parte del sueldo de los trabajadores públicos provinciales.

La cifra que se anunciará en este primer tramo es en el marco de las tres etapas que completarán un 50% de suba anual, y que llevarán el salario mínimo de un empleado estatal riojano a rondar los 38 mil pesos al finalizar este año 2021.

Los próximos incrementos se concretarán con el salario del mes de junio (para cobrar en julio) y en con el sueldo de septiembre (para percibir en octubre). 

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