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Viernes 26 de Abril del 2024

08-07-2020

EL DESTAPE-

Moratoria 2020: Los puntos más importantes del proyecto de ley que envió el Gobierno

El Gobierno definió los detalles del proyecto de ley de ampliación de la moratoria 2020, el cual ya fue enviado al Congreso. El esquema de facilidad impositiva apuntará a incluir a todos los contribuyentes que originalmente no habían sido contemplados en la Ley de Emergencia Social y aliviar la carga de las deudas acumuladas durante la pandemia del coronavirus.

El anuncio fue realizado luego de una nueva reunión de gabinete económico en Casa de Gobierno, que fue presidida por el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y contó con la participación de los ministros de Economía, Martín Guzmán; Trabajo, Claudio Moroni; Desarrollo Productivo, Matías Kulfas; los titulares del Banco Central, Miguel Pesce; de AFIP, Mercedes Marcó del Pont; y la vicejefa de Gabinete, Cecilia Todesca Bocco.

Los puntos más importantes de la ley

- Amplía el universo de contribuyentes que pueden adherirse a la moratoria vigente a todas las personas jurídicas y humanas para ofrecer alivio, pudiendo regularizar sus deudas los contribuyentes que no podían acceder en los términos de la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva.

- Permitirá incluir deudas vencidas hasta el 30 de junio de 2020.

- Será posible adherirse hasta el 31 de octubre de 2020.

- La primera cuota vence el 16 de noviembre.

- Dependiendo del tamaño de las empresas e individuos que se adhieran podrán regularizar sus deudas en hasta 96 o 120 cuotas para las obligaciones tributarias y aduaneras.

- Los plazos serán de hasta 48 o 60 cuotas para las obligaciones correspondientes a los recursos de la seguridad social.

- Se contempla la condonación parcial de intereses y total de multas.

- Fijación de una tasa de interés fija del 2% mensual hasta enero de 2021 y, a partir de ese momento, una tasa variable en pesos (se reformularán los planes ya ingresados a la moratoria para que esa sea la tasa).

-Permite utilizar todas las devoluciones aprobadas y pendientes de pago que el contribuyente tenga a favor en AFIP para compensar la deuda (sólo pueden utilizarse aquellos saldos existentes antes de la aprobación de la ley y no puedan utilizarse saldos técnicos para compensar).

-Establece condiciones para las empresas de mayor tamaño. Durante 24 meses no podrán distribuir dividendos, realizar operaciones con títulos para eludir la normativa cambiaria ni acceder al mercado cambiario para realizar pagos a entidades vinculadas.

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