Las disposiciones Nº 1016/2020 y 1017/2020 prohibieron la comiercialización de los aceites de la Línea Gourmet de la Estancia Los Nobles (Maipú-Mendoza, RNE N° 13005549, RNPA N° 025/13039649, elaborado y envasado por Agrovit Rural S.A.) y del oliva extra virgen de la marca Montecristo (RNPA Nº 230207783, RNE Nº 23002857).
Ambos productos fueron falsamente rotulados con el propósito de "proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales". La entidad decidió prohibir la comercialización "toda vez que se trate de productos alimenticios que carecen de registro, motivo por el cual no pueden garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad".
Además, a través de la disposición Nº 1015/2020 prohibió la comercialización en todo el territorio nacional de la leche de coco "Menina por 200 ml - Nao contem gluten - produzido por Ducoco Alimentos S/A, Industria Brasileira", por carece de registros de producto y establecimiento y se encuentra falsamente rotulada.
La Anmat estableció que la leche de coco no puede ser identificada "en forma fehaciente y clara" como producida, elaborada o fraccionada en un establecimiento determinado y es por ello que el producto no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado, ni expendido en el territorio de la República Argentina.
"El producto no se encuentra registrado en la base de datos del Sistema de Información Federal para la Gestión de Alimentos (SIFeGA) y, por lo cual, al no consignar en su rótulo el registro de importador, no es posible verificar el ingreso al país", destacó.