Horas antes de que se discuta este jueves en Diputados la ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva, el Gobierno permitió que se modifique el proyecto para que los consumos hechos en dólares antes de la sanción no abonen el 30% del impuesto fijado.
Se modificó el artículo N° 40 en el que se establecía cuándo deben los ciudadanos pagar el impuesto extra por los consumos realizados en el exterior vía tarjeta de crédito y débito.
El texto decía:"El impuesto será de aplicación a las operaciones, liquidaciones y pagos efectuados a partir del día siguiente a la entrada en vigencia de la presente ley. Su aplicación, recaudación y ejecución judicial, estará cargo de la AFIP".
Quienes viajan al exterior pagan según el valor del dólar del día del cierre del resumen de la tarjeta, pese a que esa fecha sea posterioridad a la medida, no estará contemplado en el valor el nuevo impuesto.
La oposición pidió que se modifique el artículo para que el impuesto excluya explícitamente a las transacciones efectuadas con anterioridad a la entrada en vigencia de la ley.