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Jueves 28 de Noviembre del 2024

20-12-2019

MINUTO UNO -

Dólar turista, jubilaciones, prepagas y retenciones: los cambios que aceptó el oficialismo a la Ley de Solidaridad

A contrarreloj, los diputados del Frente de Todos introdujeron modificaciones al texto original. E incluso mientras se debate en el recinto, siguen las negociaciones por Bienes Personales.

Minutos antes de que comenzara la sesión este jueves en Diputados, el presidente Alberto Fernández anunció que propuso un cambio en en el proyecto de ley ómnibus para establecer compensaciones para pequeños productores y cooperativas que deban pagar retenciones a las exportaciones agropecuarias.

RETENCIONES

"Propuse incorporar un artículo que disponga que el Poder Ejecutivo deberá establecer mecanismos de compensación de los efectos de los derechos de exportación específicos para pequeños productores y cooperativas", señaló el mandatario.

En su cuenta de Twitter, expresó: "Contamos con los votos necesarios para aprobar el proyecto de ley en su actual versión.

Pero queremos construir confianza entre todos y todas y que nadie dude de nuestros propósitos sinceros".

"Queremos ser claros y transparentes en nuestros propósitos. Solo nos importa que la solidaridad de los que más tienen ayude a aumentar los recursos para mejorar la situación de quienes la están pasando mal", subrayó el Presidente.

MEDICINA PAGA

Por otro lado, se eliminó del proyecto un artículo que obligaba a las empresas de medicina prepaga a incrementar sus aportes al Fondo Solidario de Redistribución del sistema, una medida que hubiese llevado a un aumento en la cuota que pagan los afiliados, según advirtieron representantes del sector al Gobierno.

IMPUESTO PAÍS

Además, el oficialismo modificará un artículo para que los consumos hechos en dólares antes de la sanción de la ley no abonen el 30% del impuesto fijado.

Se trata del artículo 40, en el que el Gobierno había establecido cuándo deben los consumidores pagar el impuesto por consumos realizados en el exterior vía tarjeta de crédito y débito.

"El impuesto será de aplicación a las operaciones, liquidaciones y pagos efectuados a partir del día siguiente a la entrada en vigencia de la presente ley. Su aplicación, recaudación y ejecución judicial, estará cargo de la AFIP", dice el artículo que será modificado.

Si bien el tributo no es retroactivo, esa redacción dejaba abierta la posibilidad de que fuera aplicado a compras realizadas con anterioridad a la promulgación de la ley, pero esto finalmente será modificado.

JUBILACIONES

Otra de las modificaciones que aceptó el oficialismo tiene que ver con las jubilaciones. La movilidad jubilatoria no se suspenderá por 180 días para los docentes y los científicos, ya que ambos grupos tienen sistemas que garantizan un determinado ingreso con relación a los activos.

En el capítulo referido a las jubilaciones, menciona la suspensión por 180 días de la actualización automática y en ese lapso, mientras se analiza una nueva fórmula, el Poder Ejecutivo dispondrá de facultades para disponer incrementos por decreto.

El ministro de Trabajo, Claudio Moroni, explicó ayer a los legisladores que el Ejecutivo va a atender "a los sectores de más bajos ingresos", con lo cual, cuando se otorguen aumentos para todos los jubilados, cobrarán más los que perciben la mínima, y menos los que tengan haberes medios y altos.

Si bien los docentes y científicos no quedarán afectados, la fórmula de movilidad que aplica el sistema previsional de la Anses no se aplicaría a otros regímenes especiales, entre ellos la que se otorga a los ex combatientes de Malvinas o al personal del servicio exterior de la Nación.

Una política similar se aplicó en el gobierno del ex presidente Néstor Kirchner, que implicó el congelamiento de miles de jubilaciones y pensiones que no estaban en la mínima, con lo cual se generaron juicios que llegaron a la Corte Suprema de Justicia que -en la causa de Adolfo Badaro- determinó que había sido inconstitucional y ordenó que la movilidad estuviese en vigencia para todos los jubilados.

La ley ómnibus también prevé cambios en las contribuciones patronales: el artículo 54, faculta al Ejecutivo a establecer incrementos salariales obligatorios para el sector privado y a eximirlos, temporalmente, del pago de aportes y contribuciones.

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